Desde el 12 de mayo, todas las empresas deben de registrar la jornada laboral de sus trabajadores. Es un decreto que se pactó en el artículo 34 del estatuto de los Trabajadores. Se ha dado como plazo dos meses para adaptar la empresa al registro horario. Todo ello con el fin de llevar un control de la jornada laboral y de las horas extras. Hoy en el blog de Sure Service te lo contamos.

Preguntas frecuentes para adaptar la empresa al registro horario

Como la nueva obligación existen muchas dudas al respecto de esta aplicación, de quién lo debe de realizar, cómo, etc. Para salir de todo ello, vamos a ver algunas preguntas clave:

Quién tiene obligación de llevar el registro horario

Todas las empresas, sin importar su tamaño, facturación o incluso sector están obligadas a ello. En este registro se debe de incluir el horario de inicio y finalización de la jornada laboral.

A partir de cuándo es obligatorio

El decreto se aprobó el día 12 de marzo y desde ese momento se contaba con dos meses para su aplicación. Por lo que quiere decir que a partir del domingo 12 de mayo, incluido, es obligatorio.

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Qué pasa si no cumplo con el registro horario

Si como empresa no se adapta a la utilización de este sistema, podrá haber sanciones. Este tipo de sanción será una multa que puede ir de entre 626 a los 6.250 euros. La cuantía se determinará de acuerdo al tamaño de la empresa.

Por supuesto que todo ello aparecerá a partir de alguna inspección laboral.

Se dará plazo de unos días para que todos los trabajadores comprendan el sistema. Claro que si a la empresa que se va a inspeccionar no ha hecho nada, tendrá que tener una sanción adecuada.

Quién decide el mecanismo de registro horario

Según el decreto, la empresa debe de contar con el aval de los representantes de los trabajadores. Se debería llegar a un acuerdo entre todos sobre el sistema que se utilizará para ello. En caso de que no lo hubiera, podría ser una decisión unilateral.

Qué datos tiene que tener el registro horario

Al adaptar la empresa al registro horario, no se puede hacer de cualquier forma, sino que hay que cumplir con cosas básicas. La más importante es la de controlar el inicio y el final de la jornada laboral. Esto debe de hacerse independientemente de la flexibilidad horaria que tenga la empresa. El objetivo es saber el tiempo efectivo de trabajo.

Cada empresa debe de guardar dichos registros por un plazo de cuatro años.

Si un representante de trabajadores, el propio empleado o una inspección lo solicitan, podrán acceder a los registros.

Cómo adaptar la empresa al registro horario

Existen muchos sistemas tecnológicos actuales que permiten implementar dicho registro de forma telemática. Desde aplicaciones móviles hasta ordenadores. Para quienes no lo quieran, podrán volver a la forma clásica y antigua.

No importa de qué forma se haga, sino que se cumpla con la ley del registro horario en las empresas.


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