A partir del 1 de enero, los informes sobre daños corporales que se realicen a petición de los particulares que no estén de acuerdo con la indemnización recibida por un accidente de circulación con vehículos a motor serán gratuitos para los perjudicados, según la nueva norma que regula las periciales que realizan los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y de la que informó el Ministerio de Justicia en un comunicado. Se aplicará a los accidentes que se produzcan a partir de esta fecha y supone la incorporación de un nuevo mecanismo para lograr una solución rápida, segura y efectiva en los accidentes de tráfico con vehículos en los que se produzca un daño corporal indemnizable.
El precio de las periciales será a cargo de la entidad aseguradora.
La nueva norma desarrolla la ley de 2015 que ofrece una vía alternativa a la judicial civil para que los perjudicados y las compañías de seguros puedan ponerse de acuerdo sobre la indemnización en el caso de accidente. De esta forma, además de garantizar a los particulares un servicio pericial independiente y de calidad que facilite la resolución extrajudicial, entre los objetivos del Real Decreto está regular un procedimiento que garantice la igualdad de trato en cualquier parte del territorio del Estado para el acceso de los ciudadanos a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, fijando una normativa común que regule el procedimiento para la petición pericial y su realización. También persigue mejorar la calidad de las periciales mediante la implementación de un sistema de garantía de calidad junto con la formación de los forenses y, por último, conseguir la máxima objetividad e imparcialidad en la actuación pericial. La solicitud pericial al Instituto Médico la podrán realizar tanto la entidad aseguradora como el perjudicado de común acuerdo. Si no hubiera entendimiento, podrá ser instada por la víctima. En cualquiera de los dos casos, el precio público que se fije como contraprestación de las periciales será a cargo de la entidad aseguradora y gratis para el perjudicado, que, por cierto, podrá optar entre el Instituto de su domicilio o el que corresponda al lugar del accidente. Para elaborar esta norma se ha contado con el consenso de entidades como las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la Asociación Empresarial del Seguro (UNESPA) y el Consejo Médico Forense.
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